Pregunta 1:

 

  • ¿Qué es la discapacidad cognitiva?

La discapacidad cognitiva es un conjunto de condiciones que afectan el desarrollo y la adaptación social de algunas personas que pueden presentar dificultades en el aprendizaje a nivel cognitivo.

Las personas con discapacidad cognitiva necesitan mayor apoyo para desarrollarse de forma plena por lo que la sociedad debe trabajar para disminuir las barreras que impiden su progreso y participación. Algunos ejemplos de discapacidad cognitiva son los Trastornos del Espectro Autista (TEA), disfasia, síndrome de Down, síndrome

X Frágil, síndrome de Angelman, síndrome de Williams y Prader-Willi, entre otros.

La Organización Mundial de la Salud (OMS) define que una persona con discapacidad es aquella que presenta una deficiencia y que al interactuar con las barreras del entorno, ya sean actitudinales o ambientales, ve restringido o impedido su desarrollo y plena participación.

Pregunta 2:

¿Qué significa la inclusión laboral de personas con discapacidad

cognitiva?

La inclusión laboral de personas con discapacidad cognitiva tiene un significado profundo y representa mucho más que una iniciativa social o caritativa y que una estrategia de marketing. Cuando se facilita la inclusión de una persona con discapacidad cognitiva al mercado laboral se le reconoce su derecho al desarrollo pleno y la oportunidad de postular y obtener un trabajo digno.

En estos casos, el trabajo no es solo una actividad para la obtención de recursos, sino que un acto de recono-cimiento y realización personal. Al abrir oportunidades laborales para personas con discapacidad no solo se busca llenar una vacante o suplir una necesidad, se entrega una oportunidad a quienes han sido marginados por

su condición, para que puedan aportar de manera activa al medio en el cual se desenvuelven. Al formar parte del mercado del trabajo las personas con discapacidad cognitiva tienen la opción de eliminar los mitos que existen respecto a sus capacidades laborales y demostrar con hechos concretos el aporte que pueden brindar al mundo productivo. Además, la inclusión laboral es una gran oportunidad para que rompan barreras y modifiquen sustancialmente la visión de sí mismos y amplíen su participación social.

Junto con lo anterior, la sociedad en su totalidad puede cambiar positivamente su percepción al sentirse re- presentada por conceptos como la tolerancia, la no discriminación, el respeto a la diversidad y la igualdad de oportunidades.

Pregunta 3:

¿Cómo debemos tratar a las personas con discapacidad cognitiva?

Las personas con discapacidad cognitiva son personas como cualquier otra. Esta afirmación, que parece eviden-te, no siempre se manifiesta al momento de tratar con ellas. La primera reacción es prestarles ayuda ya que la discapacidad se asocia a la necesidad de asistencia y falta de autonomía. Lo deseable es que la persona logre la mayor autonomía posible y pueda desarrollarse y participar plenamente. Lo correcto es siempre consultar si

necesita o no ayuda y, en caso afirmativo, preguntar cómo prestarla.

Con respecto a la inclusión laboral de una persona con discapacidad cognitiva:

 

Pregunta 4:

¿Por qué contratar a personas con discapacidad cognitiva?

Las personas con discapacidad cognitiva constituyen uno de los grupos más vulnerables ya que carecen de oportunidades para estudiar, capacitarse y trabajar. Por lo general, son personas enfrentadas a una cultura de discriminación, que se encuentran en desventaja para acceder al mercado del trabajo y que deben superar barreras y prejuicios asociados a su condición y no a sus posibilidades reales de ejercer alguna actividad pro-

ductiva. La inclusión de personas con discapacidad cognitiva tiene un fundamento de carácter ético que consider que los seres humanos, por esencia, tienen derecho a desempeñar un rol activo en la sociedad, bajo condiciones de equidad e igualdad de oportunidades.

Pregunta 5:

¿Qué beneficios trae para la empresa la contratación de personas

con discapacidad cognitiva?

  • Contar con trabajadores eficientes: Al incluir a personas con discapacidad cognitiva se incorpora a colaboradores capaces de desarrollar y adquirir destrezas acorde a los requerimientos del puesto laboral. Por ejemplo, las personas que presentan síndrome de Asperger tienen una excelente habilidad para trabajar en procesos estructurados y concretos, y las personas con síndrome de Down tienen facilidad para llevar a cabo tareas repetitivas o procesos mecanizados.
  • Mejora el clima laboral: La inclusión cambia la actitud de los trabajadores de manera positiva. Al relacionarse de forma cotidiana con una persona con discapacidad cognitiva se derriban mitos, precon-cepciones, estereotipos y se promueve un ambiente colaborador donde se valoran las capacidades por sobre las diferencias y se construyen lazos basados en el reconocimiento, la valoración del otro y la empatía. En este contexto, los equipos se comprometen y se empoderan del proceso de inclusión del nuevo colaborador. El esfuerzo, la perseverancia y la responsabilidad pasan a transformarse en valores que contribuyen a un mejor clima laboral.
  • Promueve el trabajo en equipo: Los procesos de inclusión requieren de acompañamiento permanente, lo que propicia instancias de aprendizaje y cooperación mutua que permiten desarrollar y potenciar capacidades como la tolerancia, el respeto, la transigencia, la paciencia y la flexibilidad en un marco de compañerismo positivo.
  • Genera sentido de pertenencia y compromiso: En general, los trabajadores se sienten más

comprometidos con su labor y con la empresa ya que esta se compromete con una necesidad concreta y valorada socialmente, lo que genera orgullo y aumenta el sentido de pertenencia. Los trabajadores con discapacidad cognitiva aportan conocimiento,

experiencia y voluntad de superación. Tres activos de los que ninguna empresa

con vocación de liderazgo puede prescindir.

Pregunta 6:

¿Las personas con discapacidad cognitiva pueden tener contratos

de trabajo?

Sí. En Chile, las personas con discapacidad cognitiva mayores de 18 años pueden celebrar contratos sin la autorización de otra persona, salvo que hayan sido declaradas interdictas. Sin embargo, algunos empleadores optan por solicitar la presencia y autorización de los padres al momento de formalizar la contratación.Las personas con discapacidad cognitiva, mayores de 15 y menores de 18 años, podrán celebrar contratos de trabajo cumpliendo los siguientes requisitos: Autorización expresa del padre o madre. A falta de ellos, el abuelo paterno o materno. En caso de fallar los anteriores, requerirán autorización de las personas o instituciones que actúen como sus guardadores.

Haber cumplido o estar cumpliendo con la obligación escolar. Realizar solo trabajos sencillos que no perjudiquen su salud y desarrollo o su participación en planes

de formación y educación. En el caso de que la persona con discapacidad cognitiva sea mayor de 18 años, haya sido declarada interdicta y se le haya nombrado curador, solamente podrá firmar contratos laborales con la autorización de este último.

Pregunta 7:

¿Las personas con discapacidad cognitiva pueden celebrar contratos

de trabajo de aprendizaje?

Sí. Las personas con discapacidad cognitiva pueden celebrar contratos de trabajo de aprendizaje, sin límite de edad. El artículo 78 del Código del Trabajo dispone “Contrato de trabajo de aprendizaje es la convención en virtud de la cual un empleador se obliga a impartir a un aprendiz, por sí o a través de un tercero, en un tiempo y en condiciones

determinados, los conocimientos y habilidades de un oficio calificado, según un programa establecido, y el aprendiz a cumplirlo y a trabajar mediante una remuneración convenida”.

El contrato de aprendizaje es una figura descrita en el Código del Trabajo que nace para que los jóvenes puedan aprender un oficio directamente en la práctica, en el que el empleador se compromete a impartir los conocimientos y habilidades de un oficio calificado y el aprendiz se compromete a cumplir el contrato y trabajar según la remuneración convenida. Un contrato de aprendizaje deberá contener las mismas estipulaciones

de todo contrato, excepto que no rige el sueldo mínimo y la remuneración es a convenir entre ambas partes. Los contratos de aprendizaje pueden ser celebrados por jóvenes menores de 21 años y su duración máxima es de dos años. Sin embargo, la Ley 20.422 en su artículo 47 señala que las personas con discapacidad pueden celebrarlo sin límite de edad y sin plazo máximo.